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# Reglas del programa de referidos

## **Reglas del Programa de Referidos para Incorporar Creadores en el Servicio Tribute (“Reglas”)**

Vigente a partir del 21 de agosto de 2025

1. **Empresa**

   TRBT Limited, n.º de registro HE 443898, con domicilio social en Griva Digeni 51, ATHINEON COURT, Piso/Oficina 202, 8047 Pafos, Chipre (en adelante, la **“Empresa”**).
2. **Participantes**
   1. **Socio** – un creador actual del servicio Tribute que refiere a nuevos creadores mediante su enlace de referido.
   2. **Creador referido** – un nuevo usuario que no ha tenido previamente una cuenta de Tribute y que se registra a través del enlace de referido de un Socio.
3. **Plazo del programa**
   1. El programa comienza el 1 de septiembre de 2025 y continúa hasta nuevo aviso.
   2. La Empresa puede suspender o finalizar el programa en cualquier momento publicando un aviso en sus recursos oficiales.
4. **Reglas del programa**
   1. A cada Socio se le proporciona un enlace de referido único en su cuenta de Tribute.
   2. Para calificar, un Creador referido debe registrarse en Tribute utilizando el enlace de referido del Socio.
   3. El registro solo es válido si el Creador referido no ha creado previamente una cuenta de Tribute.
   4. El Socio se vuelve elegible para una recompensa una vez que un Creador referido comienza a monetizar su contenido, de conformidad con la Sección 5.
5. **Recompensas: Cálculo y pago**
   1. **Base de la recompensa:** El Socio recibe el 5% del valor total de todas las transacciones exitosas realizadas por el Creador referido (incluidas suscripciones, donaciones y ventas de bienes digitales y físicos).
   2. El cálculo se basa en el importe de la transacción antes de deducir la comisión por el servicio de Tribute.
   3. Exenciones. Se excluyen del cálculo los siguientes conceptos:
   * Reembolsos, contracargos y pagos en disputa
   * Costos de envío y manipulación de bienes físicos
   * Impuestos y tarifas obligatorias incluidos en el precio de compra
   * Pagos realizados en virtud de los propios programas de afiliados del Creador referido
   * Compensación recibida por el Creador referido de publicidad de terceros o de acuerdos de afiliación integrados en su contenido (por ejemplo, ingresos del marketplace)
   * Costos de publicidad y promoción pagados por el Creador a través de Tribute
6. **Período de acumulación**
   1. Las recompensas se acumulan durante doce (12) meses a partir de la fecha de la primera transacción exitosa del Creador referido.
   2. Para permitir posibles reembolsos y disputas, las recompensas acumuladas se retienen durante quince (15) días antes de volverse pagaderas.
7. **Pago**
   1. Los pagos se realizan dos veces al mes: el día 25 (o el siguiente día hábil) para el período del 1 al 15, y el día 10 del mes siguiente (o el siguiente día hábil) para el período del 16 hasta fin de mes.
   2. El umbral mínimo de pago es el mismo que el especificado en el Acuerdo del Creador disponible en <https://tribute.tg/terms-creator.html>.
   3. Si no se alcanza el umbral mínimo, el saldo se переносa a la siguiente fecha de pago.
8. **Miscelánea**
   1. La participación en el programa constituye la aceptación plena de estas Reglas y del Acuerdo del Creador.
   2. La autorreferencia (usar el propio enlace de referido para registrar cuentas adicionales) está prohibida.
   3. Los enlaces de referido no pueden distribuirse de maneras que violen la legislación aplicable o las normas de plataformas de terceros (por ejemplo, spam).
   4. En caso de incumplimiento, la Empresa puede excluir al Socio del programa y cancelar cualquier recompensa acumulada pero no pagada.
   5. La Empresa no es responsable de ninguna obligación tributaria derivada de la recepción de recompensas. Los Socios son los únicos responsables de calcular y pagar los impuestos adeudados.
9. **Modificaciones**
   1. La Empresa puede modificar estas Reglas en cualquier momento sin previo aviso individual.
   2. Las modificaciones entran en vigor tras su publicación en los recursos oficiales de la Empresa. Los participantes son responsables de seguir las actualizaciones.
10. **Ley aplicable y resolución de disputas**

Todas las disputas o reclamaciones que surjan de este programa o en relación con él se resolverán de conformidad con las leyes de la República de Chipre, según lo dispuesto en el Acuerdo del Creador.
